A partir de agosto de 2018, las categorías de aparatos y sus residuos se reducirán a SIETE CATEGORIAS, según el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos RAEE.
A saber:
1. Aparatos de intercambio de temperatura
2. Monitores, pantallas y aparatos con pantallas de superficie superior a 100 cm2
3. Lámparas
4. Grandes aparatos (con dimensión exterior superior a 50 cm)
5. Pequeños aparatos (sin ninguna dimensión exterior superior a 50 cm)
6. Equipos de informática y telecomunicaciones pequeños
7. Paneles fotovoltaicos grandes